
TRANSPARENCIA
Artículo 10. Los sujetos obligados deberán difundir en Internet la siguiente información:
+ Fracción I. Su marco normativo completo que le sea aplicable a cada órgano, organismo o
entidad, incluyendo sus reglamentos, decretos, circulares, código de ética y demás
disposiciones de observancia general.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
+ Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
+ Constitución Política del Estado de Nuevo León
+ Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo
León
+ Reglamento de Adquisiones, enajenacions, Arrendamientos y contratación de servicios
para el gobierno municipal de Apodaca
+ Reglamento Interior del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca
+ Actas de cabildo para la aprobación del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca
+ Periódico oficial donde se aprueba la solicitud de autorización del Ayuntamiento para la
creación del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca por el H. Congreso del Estado
+ Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León
+ Criterios de evaluación de la H. Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del
Estado de Nuevo León
+ Ley de Ingresos de los Municipios de Nuevo León para el año 2016
+ Ley de Juventud del Estado de Nuevo León
+ Código de Ética de los Servidores Públicos del Municipio de Apodaca
+ Ley del sistema especial de justicia para adolescentes del estado Nuevo Leon
+ DECRETOS Parte 1 Parte 2 Parte 3 Parte 4 Parte 5 Parte 6 Parte 7 Parte 8 Parte 9
Parte 10 Parte 11 Parte 12 Parte 13
+ Evaluación de la comisión de transparencia y Acceso a la información
Parte 1 Parte 2 Parte 3 Parte 4
GUIA-DE-CUMPLIMIENTO-DE-LA-LEY-DE-DISCIPLINA-FINANCIERA-DE-LAS-ENTIDADES-Y-LOS-MUNICIPIOS
GUIAS-DE-CUMPLIMIENTO-DE-LA-LGCG-Y-LOS-DOCUMENTOS-EMITIDOS-POR-LA-CONAC
+ CIRCULARES
ACTA DE INICIO DE TRABAJOS DE LA ASENL
OFICIO DE INICIO DE REVISIÓN ASENL 2016
+ MANUALES
Manual de Recursos Humanos del IMJUA
Manual Operativo de Procedimientos del IMJUA
Manual de Contabilidad Gubernamental
+ JUNTAS DE GOBIERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD DE APODACA NUEVO LEÓN
Primera Sesión Ordinaria 30 de Enero 2017
Segunda Sesión Ordinaria 17 de Marzo 2017
Tercera Sesión Ordinaria 28 de Abril 2017
+ Fracción II. Su estructura orgánica en un formato que permita vincular por cada eslabón de la estructura, las facultades y responsabilidades que le corresponden de conformidad con las disposiciones aplicables.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
Estructura orgánica
Descripción de funciones
+ Fracción III. El directorio de los servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, con nombre, domicilio fiscal, números telefónicos y, en su caso, dirección electrónica oficial. Adicionalmente, en el caso de los Titulares de cada autoridad, entidad, órgano u organismo, deberá publicarse la fotografía y el currículo.
La fotografía solo será publicada cuando medie el consentimiento expreso del servidor público, las de aquellos que realizan funciones relacionadas con la seguridad pública, la procuración y administración de justicia, así como los de ejecución de penas no será publicada.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
Directorio de servidores públicos (Actualizado)
Currículum de la Director Nombramiento
Currículum de la Coordinadora de Proyectos Especiales Contrato
Currículum del Coordinador Administrativo Contrato
Domicilio del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca: Jiménez s/n entre Aldama y Priv. Santa Lucía Col. Moderno Apodaca, C.P. 66600 Apodaca, N.L.
Teléfono (81) 8386-6518, 8386-6519 y 83866520
+ Fracción IV. La calendarización de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, gabinetes, cabildos, sesiones plenarias, comisiones legislativas y sesiones de trabajo a que se convoquen. Para las reuniones y sesiones ya celebradas, se deberá difundir, en un plazo no mayor a 30 días naturales posteriores a su realización, las correspondientes minutas o actas de dichas reuniones y sesiones, así como las listas de asistencia de sus integrantes. No Aplica, ya que el Instituto no realiza reuniones públicas.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
+ Fracción V. Una relación de los servidores públicos comisionados por cualquier causa, incluso de carácter sindical, indicando el objeto, lugar y duración de la Comisión.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
EL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD OPERA CON EMPLEADOS COMISIONADOS DEL MUNICIPIO DE APODACA.
EN EL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD DE APODACA OPERAN DIRECTAMENTE DE ESTA INSTITUCION EL C. DIRECTOR GENERAL, LA C. COORDINADORA ADMINISTRATIVA Y EL C. COORDINADOR DE PROYECTOS ESPECIALES.
EL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD NO COMISIONA EMPLEADOS A OTRAS DEPENDENCIAS O INSTITUCIONES.
+ Fracción VI. Un listado de los servicios que ofrece y los programas que administra, incluso los trámites para acceder a ellos y la población objetivo a quien van dirigidos.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
Programas
Catálogo de servicios
+ Fracción VII. Un listado de los programas de capacitación, el número de servidores públicos capacitados, así como las evaluaciones de los mismos, ya que a la fecha no se han realizado programas de capacitación.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
Cursos de capacitación
+ Fracción VIII. Los planes de desarrollo, vinculados con sus programas, programas operativos anuales y sectoriales, y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión deberá difundirse, además, su método de evaluación, así como una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
Plan Municipal
Indicadores de Gestión
+ Fracción IX. Una lista con el importe por concepto de viáticos, gastos de representación y alimentación, donde se vinculen estos gastos mensuales al servidor público que los ejecutó con motivo de sus encargos o comisión.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
Gastos de representación y alimentos
Viáticos
+ Fracción X. La nómina mensual para la retribución de los servidores públicos con expresión del nombre completo, cargo y la remuneración, presentándose esta última en forma neta y bruta, debiéndose de adicionar, en su caso, la información relativa a cualquier deducción, percepción, prestaciones y compensaciones que reciban con respecto al ejercicio de su responsabilidad.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
Nómina mensual
+ Fracción XI. El contrato colectivo de trabajo vigente con el Sindicato de Burócratas. No aplica, ya que el Instituto Municipal de la Juventud no cuenta con personal sindicalizado.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
+ Fracción XII. La relación analítica mensual de pagos hechos a contratistas, proveedores, prestadores de servicios por honorarios pagados a profesionistas, gastos en comunicación social, representaciones, asesorías y en general todas las erogaciones que por cualquier concepto se realicen, que incluyan el número de control, nombre, razón o denominación social, breve descripción del gasto y monto pagado, incluyendo el impuesto al valor agregado.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
Erogaciones de cheques
+ Fracción XIII. Respecto de los contratos o convenios celebrados por el sujeto obligado, un listado que relacione el número de contrato, su fecha de celebración, el nombre o razón social del contratante o proveedor y, en su caso, el monto del valor total de la contratación. También deberán publicarse las convocatorias y bases para la adjudicación de proyectos de asociaciones público privado, las modificaciones que se lleven a cabo y el fallo final, debiendo publicar al menos, de cada proyecto, el número de registro, el nombre de la Contratante, el nombre del desarrollador, la descripción general del proyecto, la fecha de contratación y el importe de los compromisos de pago o aportación de recursos estatales por cada año de vigencia del contrato, señalando, en su caso, el importe comprendido en la partida presupuestal de pago preferente. NO SE HA GENERADO INFORMACION
Contrato proveedor Página Web
Contratos y Convenios
+ Fracción XIV. Respecto de las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones se deberá publicar su objeto, el nombre o razón social del titular, el tipo de licencia, permiso, concesión o autorización, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios o recursos públicos. No aplica, debido a que el Instituto Municipal de la Juventud no está facultado para expedir concesiones, licencias, permisos ni autorizaciones.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
+ Fracción XV. Para al menos los últimos 5 ejercicios fiscales, la relativa al presupuesto asignado en lo general y por programas, así como los informes trimestrales sobre su ejecución y las fórmulas de distribución de los recursos, federales o estatales a los municipios.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
Informe Trimestral
+ Fracción XVI. La base normativa relacionada a los subsidios, estímulos y apoyos con cargo a la hacienda pública. No Aplica debido a que el Instituto de la Juventud no cuenta con subsidios ni apoyos con cargo a hacienda pública.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
+ Fracción XVII. La relación mensual de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones que se hayan otorgado, en el que se involucre el aprovechamiento de bienes, servicios o recursos públicos. No Aplica debido a que el Instituto no está facultado para expedir concesiones, licencias, permisos ni autorizaciones. (Responsable: Lic Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.) (Actualizado)
+ Fracción XVIII. El padrón de proveedores deberá contener cuando menos nombre o razón social del proveedor, su giro y domicilio. (Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
Padrón de proveedores
+ Fracción XIX. La sentencias ejecutoriadas dictadas con motivo de las controversias entre poderes públicos, en que está involucrado alguno de los sujetos obligados del Estado de Nuevo León. No existen sentencias.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
+ Fracción XX. Toda la información relativa a los recursos entregados a personas físicas y morales privadas, así como aquella relativa al destino que se le dio a estos recursos.
(Responsable: Director General del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, N. L.)
Información relativa a los recursos entregados a personas físicas o morales