TRANSPARENCIA

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LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON

Capítulo Segundo
Del Procedimiento de Inconformidad

ART. 124. El procedimiento de inconformidad podrá interponerse, de manera directa o por medios electrónicos, ante la Comisión o ante el sujeto obligado que haya conocido el asunto, en este último caso se deberá notificar de manera inmediata y por cualquier medio a la Comisión sobre la interposición del procedimiento y remitir el documento dentro delos tres días hábiles siguientes de haberlo recibido. El sujeto obligado al momento de dar respuesta a una solicitud de acceso a la información o acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales, orientarán al particular sobre su derecho de interponer el procedimiento de inconformidad y el modo de hacerlo.

ART. 125. El procedimiento de inconformidad procede por cualquiera de las siguientes causas:

I. La negativa de acceso a la información.
II. La declaración de inexistencia de información.
III. La clasificación de información como reservada o confidencial.
IV. La entrega de información en una modalidad distinta a la solicitada o en un formato incomprensible.
V. La inconformidad con los costos o tiempos de entrega de la información.
VI. La información que se entregó sea incompleta o no corresponda con la solicitud.
VII. La inconformidad con las razones que motivan una prórroga.
VIII. La negativa de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales.
IX. El tratamiento inadecuado de los datos personales.
X. La negativa ficta.
XI. El desechamiento de la solicitud de acceso en los términos de los artículos 108 y 112 de la presente ley.
XII. La declaración de incompetencia de un sujeto obligado.

Se actualizará la negativa ficta, cuando dentro de los plazos establecidos en esta ley, el sujeto obligado no diera respuesta a una solicitud de acceso a la información de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales.

ART. 129. El procedimiento de inconformidad podrá interponerse por escrito libre, a través de los formatos que al efecto proporcione la Comisión o por medios electrónicos, y deberá contener lo siguiente:

I. El nombre del particular y en su caso, el de su representante legal o mandatario, y tercero interesado si lo hubiera.
II. El sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud de acceso a la información, o de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales.
III. El domicilio o medio electrónico para oír y recibir notificaciones; en caso de no haberlo señalado, aún las de carácter personal, se harán por estrados.
IV. El acto o resolución del cual se inconforma y, en su caso, el número de expediente que identifique el mismo.
V. La fecha en que se le notificó o tuvo conocimiento del acto reclamado, salvo que el procedimiento se interponga por la falta de respuesta a una solicitud de acceso a información, o de acceso, de rectificación, cancelación u oposición de datos personales.
VI. Los puntos petitorios.
VII. El documento con el que acredita la existencia de la solicitud, asi como la respuesta emitida por el sujeto obligado, en su caso; y
VIII. Las demás pruebas y elementos que se considere procedente hacer del conocimiento de la Comisión.
IX. En el caso de que el procedimiento se interponga a través de medios que no sean electrónicos, deberá acompañarse de las copias de traslado.



FORMATO PARA INTERPONER PROCEDIMIENTO DE INCONFORMIDAD POR ESCRITO ANTE LA CTAINL, VÍA INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD DE APODACA, NUEVO LEÓN.



H. COMISIONADOS DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PRESENTE.-

[Nombre del particular y en su caso de su representante legal o mandatario], con domicilio para oír y recibir notificaciones en [escriba su dirección]; al efecto, ante ustedes, con el debido respeto comparezco a exponer:

Que de conformidad con lo establecido por los artículos 6°, fracción V, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, y los diversos 1, 2, 3, 6, 87, 104, 124, 125, 126, 128 y demás relativos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León, ocurro ante esa Comisión a promover recurso de inconformidad, al tenor de lo siguiente:

A fin de cumplir con el artículo 129 de la Ley de la materia, se hacen los señalamientos sucesivos.

I.- El nombre de la persona ó institución que pudiera resultar afectado: [escriba el nombre de la persona]

II.- El Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca N. L., como sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud de acceso a la información, o de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales.

III.- El domicilio y/o medio electrónico para oír y recibir notificaciones; en caso de no haberlo señalado, aún las de carácter personal, se harán por estrados. [Escriba el domicilio y/o medio electrónico para oír y recibir notificaciones]

IV.- EL acto o resolución del cual se inconforma y, en su caso, el número de expediente que identifique el mismo; [escriba el acto o resolución]

V.- La fecha en que se le notificó o tuvo conocimiento del acto reclamado, salvo que el procedimiento se interponga por la falta de respuesta a una solicitud de acceso a información, o de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales. (1) [escriba la fecha de notificación]

VI.- Los puntos petitorios. [escriba la inconformidad]

VII.- El documento con el que acredita la existencia de la solicitud, así como la respuesta emitida por el sujeto obligado, en su caso. (1) [escriba el documento de acreditación de la solicitud]

VIII.- Las demás pruebas y elementos que se considere procedente hacer del conocimiento de la Comisión. [describa las pruebas]

Bajo protesta de decir verdad, manifiesto a Ustedes que los hechos que a continuación se detallan, son ciertos:



A N T E C E D E N T E S:



PRIMERO.- [Escriba la fecha de su solicitud].

SEGUNDO.- [Exponga la causa que motivó este procedimiento de inconformidad].

TERCERO.- Por lo anterior, acudo a este órgano autónomo a hacer uso de la potestad que me confieren los artículos 6° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, y 126 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León, solicitando se inicie el procedimiento contemplado en el ordinal 130 de la ley de la materia.



D E R E C H O:



COMPETENCIA: Tiene este Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca, Nuevo León, competencia para recibir la solicitud del recurso de inconformidad, con fundamento en lo dispuesto por los artículo 124 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León, y por su parte, la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información podrá conocer del presente asunto 87 y 104 de la Ley de la materia.

PROCEDIMIENTO: El procedimiento a seguir se encuentra regulado por los artículos 124, 127, 128, 130, 131 y demás relativos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León.

ACCIÓN: Fundo la procedencia de mi derecho de acción, en los artículos 125, 126 y 129 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, atentamente solicito a esta Comisión:

PRIMERO: Se admita a trámite el presente procedimiento de inconformidad de acuerdo a lo prescrito en el artículo 124, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León, para que dentro del término que marca la Ley de la materia, ofrecer la contestación, notificando a la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información, en donde podrá aportar las pruebas que considere pertinentes.

SEGUNDO: Que en ejercicio de las atribuciones que les concede a la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información el artículo 104 de la Ley de la materia, y una vez agotado el procedimiento establecido en la misma, se dicte resolución en la que se (REVOQUE O MODIFIQUE LA RESOLUCIÓN DEL SUJETO OBLIGADO, SEGÚN SEA EL CASO), y se ordene (asentar la pretensión del particular)

TERCERO: En caso de ser procedente su solicitud, la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información, aplicará las sanciones que le correspondan al sujeto obligado, por incumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León.



"PROTESTO LO NECESARIO EN DERECHO"

Apodaca, Nuevo León, a fecha actual



A T E N T A M E N T E



[NOMBRE COMPLETO DEL PARTICULAR]



NOTA: Una vez completo este formato, presentarlo en las oficinas del Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca ubicadas en la calle Jiménez s/n entre Aldama y Santa Lucía Col. Moderno Apodaca o si lo prefiere enviarlo al correo electrónico: direccion@imjua.gob.mx

(1) Si cuenta con la información, adjúntela; en caso contrario, el Instituto Municipal de la Juventud de Apodaca en la medida de sus posibilidades, procurará cumplir con ese requisito.